DECISIÓN
Cumplidos como han sido los requisitos legales en el presente juicio y, por las razones que han sido analizadas, este Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso tributario ejercido por la recurrente "C.A. AZUCA", contra la Resolución No. 210.100/036 del 08 de febrero de 2001 (folios 18 al 38), notificada el 14-03-2001, emitida por la Presidencia del Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (INCES), mediante la cual se le determinó a la contribuyente montos por obligación tributaria y multa, para los períodos desde el 1º. Trimestre de 1993 hasta el 1º Trimestre de 1999, por la cantidad total de SESENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS OCHO BOLÍVARES CON TREINTA Y SIETE CÉNTIMOS (Bs. 64.308,37).
En consecuencia:
PRIMERO: Se declara la NULIDAD de la inclusión de los pagos por concepto de servicio de transporte al personal, .....