En aplicación del contenido del artículo 41, literal L del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Regulación del Arrendamiento Inmobiliario para el Uso Comercial, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: SIN LUGAR la solicitud de medida de secuestro sobre el inmueble consistente en un local comercial identificado como SPA2, sección plaza "A", planta baja del Centro Comercial La Granja, ubicado en la avenida Universidad con Avenida Venezuela, Municipio Naguanagua, estado Carabobo, solicitada por la sociedad mercantil INVERSIONES ELEFANTE, C.A., inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 29 de agosto de 1969, bajo el Nº 44, Tomo 67-A, cuya última modificación fue inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Esta.....