en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Con lugar la demanda por desalojo, interpuesta por la empresa LANFRANCHI C.A, contra IMPERMEABILIZADORA ULISES MIKLOS C.A, representada por el ciudadano: ULISES MIKLOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 7.301.348 firma debidamente registrada en el Registro Mercantil Primero del Estado Lara el día 28 de Marzo del 1985, Bajo el No. 39 Tomo 2-C.
SEGUNDO: Se condena a la demandada, IMPERMEABILIZADORA ULISES MIKLOS C.A, a entregar libre de personas y cosas a la parte actora, el inmueble arrendado, constituido por un local industrial, ubicado en la Zona Industrial 1 de esta ciudad de Barquisimeto. Cuyos linderos generales son; NORTE: Galpón ocupado por taller de cromado Larense, C.A; SUR: con la Corporación Don Bau; ESTE: Con la calle 11 de la Zona Industrial 1 y OESTE: con terreno ocupado por Servicio Agropecuario Ramón Vegas, De conformidad con el articulo 40 .....