Este Tribunal Unipersonal No. XII, de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, imparte Homologación a dicho desistimiento, todo de conformidad a lo establecido en los artículos 263 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo, se levanta la Medida Decretada por este despacho en fecha 14 de marzo de 2005, sobre el siguiente bien inmueble, a saber:
Se levanta MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR DECRETADA SOBRE EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) de los derechos de propiedad sobre un inmueble constituido por un (1) apartamento-vivienda, distinguido con el No. 3-B, de la Planta Tercera del Edificio Residencias Maria Fernanda, Ubicada en la Urbanización Colinas del Valle Arriba en Jurisdicción del Municipio Baruta, Distrito Sucre del Estado Miranda, el cual tiene un Área de CIENTO SESENTA Y SIETE METROS CUADRADOS .....