En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, Declara: SIN LUGAR la Oposición a la Medida Preventiva de Embargo decretada en fecha 27/09/2007; intentada la misma por la Sociedad Mercantil NEW WORLD BUSINESS CORPORATION C.A., a través de su Presidenta, ciudadana MIMY MOCK DE FUNG, asistida por el Abogado GERARDO FINK-FINOWICKI; en la demanda intentada en su contra por la Sociedad Mercantil EDALIMAR C.A., a través de su Gerente General, ciudadano ALI BUSTAMANTE MORATINOS, actuando en nombre de su representada y en su propio nombre, asistido por el Abogado en ejercicio ARNALDO ZAVARSE P.; identificados todos en el encabezamiento de la presente decisión; cuyo motivo lo constituye una ACCIÓN REIVINDICATORIA Y DAÑOS Y.....