En merito de lo anterior, este Juzgado Superior Séptimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
1. Se ADMITE el presente Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por el abogado RAFAEL LOVERA ALARCON, inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el Nº 117.873, contra los Autos de fecha 13 de Agosto y 01 de Noviembre de 2007, emanados de la INSPECTORIA DEL TRABAJO EN EL ESTE DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, el cual ordenó el reenganche y pago de salarios caídos del ciudadano LARRY ALEXANDER ESPARRAGOZA, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº 12.748.623.
Procédase a la citación de la PROCURADORA GENERAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, de la FISCAL GENERAL DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, del INSPECTOR DEL TRABAJO DEL ESTE DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, mediante oficio y del ciudadano LARRY ALEXANDER ESPARRAGOZA, venezolano, ma.....