/Este Tribunal de Control N° 8, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, PRIMERO: SE ADMITE PARCIALMENTE la Acusación presentada por el Ministerio Publico procediendo este juzgador a cambiar la calificación jurídica dada por el Ministerio Publico al delito de DISTRIBUCION EN PEQUEÑAS CANTIDADES DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, Previsto y sancionado en el Articulo 31 3er aparte de la Ley Contra el Trafico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas con la Agravante establecida en el Articulo 46 Ordinal 5° de la misma ley Se admiten totalmente las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público, las que la defensa hizo suyas por el principio de comunidad de prueba por ser necesarias, lícitas y pertinentes. SEGUNDO: CONDENA al ciudadano ALEX JOSE YAJURE CAMARCARO, cédula de identidad No porta (Nunca se ha cedulado) nacido en la ciudad de Barquisimeto, Estado Lara, en fecha 05/03/1988 de 19 años de edad, Venezolano, Soltero, de Oc.....