Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, mediante la cual se declaró NO HA LUGAR A PRONUNCIAMIENTO ALGUNO, en relación al recurso de apelación interpuesto en contra de la decisión dictada en fecha 31 de mayo de 2006, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, en el juicio por SIMULACIÓN Y PARTICIÓN intentado por los ciudadanos Evelia Medina Lopez y Sinarquio Lopez, contra la ciudadana Antonia Alvarado. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión.