Se impartió la HOMOLOGACION AL DESISTIMIENTO, del procedimiento formulado en fechas  04 y 21 de noviembre de  2011, dándose por consumado el acto y procediéndose como en sentencia pasada en autoridad  de cosa juzgada y se ordenó la devolución de los originales, previa certificación en autos de conformidad con lo previsto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil,  los cuales se desglosaran, certificaran y devolverán, una vez sean consignados los fotostatos necesarios.