DECISION
Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; DECLARA: SE RATIFICA la decisión de declaratoria de INHABILITACIÓN PROVISIONAL del ciudadano JACOBO CECILIO ROSENDO ESCALONA, mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad No. 5.915.070, y la designación como CURADORA PROVISIONAL del referido ciudadano a la ciudadana PETRA MARIA ROJAS DE SUAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 5.924.985, dictada por el JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA CON SEDE EN CARORA, en fecha 21 de Julio de 2011.
Notifíquese a la solicitante y al Fiscal Octavo del Ministerio Público, conforme a lo establecido en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.
De conformida.....