Este Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana MARIA CECILIA BLANCO TERAN, contra la sentencia dictada en fecha 07 de noviembre de 2012, por el Juzgado Primero Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, sede Barquisimeto. En consecuencia, se REVOCA el fallo recurrido, y se declara CON LUGAR la demanda de divorcio 185-A del Código Civil, incoada por el ciudadano HÉCTOR JOSÉ DÍAZ, en contra de la ciudadana MARIA CECILIA BLANCO TERAN, en consecuencia se declara disuelto el vinculo matrimonial contraído por los precitados ciudadanos, por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Catedral del Municipio Iribarren, .....