Por los fundamentos antes expuestos, esta Corte Superior de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente y con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra Las Mujeres del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: ADMITE el Recurso de Apelación de Auto interpuesto por la Abogada MARIA ALEJANDRA GONZALEZ CARVAJAL, Defensora Pública Vigésima Octava de Indígenas y Penal Ordinario, para la Fase de Ejecución adscrita a la Unidad de Defensa Pública del estado Zulia, actuando con el carácter de Defensora Pública del ciudadano IGNACIO ENRIQUE GARCIA, en contra de la decisión N° 560-12 de fecha 17/10/2012, dictada por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, de conformidad con lo previsto en el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: ADMITE las pruebas promovidas por la .....