´Por los razonamientos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la ley DECLARA: EXTINGUIDA LA HIPOTECA LEGAL DE PRIMER GRADO que pesa sobre el siguiente inmueble: Constituido por una casa quinta ubicada en la Urbanización Guataparo Country Club, calle El Venado, distinguida con el Nro.05-94, en Jurisdicción del Municipio San José, Distrito Valencia del Estado Carabobo y la parcela sobre la cual está construida signada con el Nro.B-94, según documento de parcelamiento registrado en el Segundo Trimestre de 1.961, bajo el Nro.108, Protocolo Primero, Tomo 6, del Municipio San José de esta ciudad de Valencia Estado Carabobo, tiene un área de construcción de CUATROCIENTOS METROS CUADRADOS (400 mts2) y consta de las siguientes dependencias: tres (3) habitaciones principales con vestier, terraza y yacu.....