Este Juzgado Ejecutor de Medidas en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y con la Autoridad que le confiere la Ley, decreta el Embargo Ejecutivo del inmueble descrito anteriormente, se desposesiona jurídicamente colocándolo en posesión de la Depositaria Judicial Barquisimeto C.A., representada por el delegado anteriormente identificado. El Tribunal deja constancia de que se libró Cartel de Notificación de conformidad con el artículo 536 del Código de Procedimiento Civil Venezolano (vigente).