Por los fundamentos expuestos este JUZGADO DUODÉCIMO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA la extinción de la acción penal y como consecuencia el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en contra del ciudadano JONATHAN ENRIQUE ZARRAGA PACHECO, de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 24 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Estudiante, hijo de MARIA JOSEFA PACHECO y JOSE ANTONIO ZARRAGA, dijo ser Titular de la Cédula de Identidad No. V-14.833.014, residenciado en el Barrio San Sebastián avenida 126, calle 48, casa N° 126-B80, a nueve casa del abasto el Maestro Maracaibo Estado Zulia, fecha de nacimiento 13.10.81; por la comisión del delito de por la presunta comisión del delito de HUMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 411 Ordinal 1° del Código Penal, cometido en perjuicio de la ciudadana LEYDI KHAR.....