En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio en Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: Declara INCULPABLE, al ciudadano RAMON GUILLERMO BERTI CALDERA, venezolano, divorciado, de 47 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 5.930.468, natural de Carora, estado Lara, hijo de Adolfo Berti Túa y Carmen Lucia Caldera, grado de instrucción Bachiller, de profesión u oficio Chofer y domiciliado Sector La Palmita, carretera Lara-Zulia, Granja La Cocumeca, frente al Club Mama Pancha, Teléfono: 0416-4513378; de la comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLÓGICA, tipificado en el artículo 39 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en agravio de la ciudadana JESSICA MARILET HERNANDEZ CHIRINOS, portadora de la .....