DECISIÓN
Por los razonamientos expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, declara NO HA LUGAR la solicitud de aclaratoria peticionada por la abogada DOLORES SACRISTAN DOMENECH, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 603, actuando en su condición de apoderada judicial de la parte demandante SOCORRO CAMPO DE RODRIGUEZ y JESÚS RAFAEL RODRÍGUEZ, identificados en estos autos.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Años: 199º de la Independencia y 150º de la Federación. En la ciudad de Caracas, a los diez (10) días del mes de febrero de dos mil diez (2010).
EL JUEZ,
ARTURO MARTÍNEZ JIMÉNEZ .....