Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR TERCERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación incoado por la parte demandada TRANSPORTE RODGHER S.A., en contra del fallo dictado en fecha 28 de noviembre de 2013 por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano ROBERT ANTONIO ISEA ÁLVAREZ en contra de la Empresa TRANSPORTE RODGHER S.A., en base al cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales. TERCERO: SE MODIFICA el fallo apelado.- CUARTO: NO SE CONDENA EN COSTAS a la parte demandada recurrente en virtud de la procedencia parcial del recurso de apelación interpuesto.-