En merito de las anteriores consideraciones: este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Valencia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR la ACCION MERO DECLARATIVA de Concubinato, incoada por el ciudadano WILMER ALEXANDER RODRIGUEZ PEREZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V-13.666.169, en contra de la ciudadana ANGELICA MARIA ORTEGA MARIN, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V-14.302.844. SEGUNDO: Se declara que entre los ciudadanos WILMER ALEXANDER RODRIGUEZ PEREZ y ANGELICA MARIA ORTEGA MARIN, ya identificados, existió una Unión Concubinaria, que se inicio en el año 1995 y culminó en el año 2012, quienes fijaron como último domicilio en la calle Niquitao, manzana 4, sector. TERCERO: Una vez quede firme la presente decisión, se.....