Por todas las razones expuestas, este TRIBUNAL SEPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA, Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a derecho declara:
1. PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO (DESAFECTO) incoada por el ciudadano RUBEN ENRIQUE VITRIAGO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.102.660, asistido por el abogado en ejercicio CARLOS CESAR CASARES FERNANDEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 172.635, contra la ciudadana ONEIDA CHIQUINQUIRA PAEZ ROSENDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-14.490.637, y en consecuencia se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Miguel Peña, del Municipio Valencia, E.....