Por los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Cuarto de Primera Instancia Municipal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA:
PRIMERO: Se ACUERDA la precalificación hecha por el FISCAL DEL MINISTERIO PUBLICO, en contra de la ciudadana NORELIS ANAIS PAEZ ALVARADO, titular de la Cédula de Identidad Nº V-26.804.336, por el delito de ESTAFA SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 462, concatenado con el artículo 99 ambos del Código Penal.
SEGUNDO: Se observa como legitima la aprehensión en flagrancia.
TERCERO: Se decreta para la ciudadana NORELIS ANAIS PAEZ ALVARADO, Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial Preventiva de Libertad, conforme a lo establecido en el Articulo 242 del Código Orgánico Procesal Penal Numeral 3º consistente en la presentación periódica cada treinta (30) días por ante este tribunal), y numeral.....