Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE POR ILEGITIMIDAD DE LA RECURRENTE el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la contribuyente RO-AN C.A. No. de R.I.F. J-07526008-2, contra la Resolución No. GJT-DRAJ-A-2001-1845, de fecha 22 de octubre de 2001, dictada por la Gerencia Jurídica Tributaria del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), la cual declaró SIN LUGAR el recurso jerárquico interpuesto contra la Resolución N° GRTI-RCE-DFD-06-E-0119 de fecha 03-02-1998, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Central del Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria (SENIAT), la cual se liquidan la cantidad de BOLIVARES CIENTO SESENTA Y DOS MIL BOLÍVARES (Bs. 162.000,oo) por concepto de multa, en materia de Impuesto al Consumo Suntuario y a las Ventas al Mayor