Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, esta SALA Nº 4 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 20-11-2013, por el profesional del derecho JUAN CARLOS OPSINO, en su carácter de Defensor Público Septuagésimo Tercero (73º) Penal del Área Metropolitana de Caracas con competencia en materia Penal, actuando en representación del ciudadano PULIDO RAMIREZ ELVIS ANTONIO, en contra de la decisión dictada en fecha 14 de noviembre de 2013, por el Juzgado Undécimo (11°) de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual se decretó en contra del mencionado imputado, la medida de privación judicial preventiva de libertad, de conformidad con lo previsto en los artículos 236 numerales 1, 2 y 3, 237 numerales 2 y 3 y 238 numeral 2, todo.....