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En lo que se refiere a los alegatos de Prohibición de la Ley de Admitir la Acción Propuesta y que la parte actora no acompañó los documentos indispensables de su pretensión, invocados como puntos previos en el escrito de promoción de pruebas, debe observarse que los mismos no constituyen un punto de pronunciamiento en este estado sino que se erigen en punto de obligatorio y previo pronunciamiento por parte de este Tribunal antes de dilucidar el fondo del asunto. ASÍ SE DECIDE. (...)