III
DISPOSITIVO
Con fundamento en las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide lo siguiente:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR, la apelación propuesta por la representación judicial de la demandada la sociedad mercantil "AUTO SOLUCIONES RORAIMA C.A."
SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia del Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil, Bancario de esta Circunscripción Judicial, de fecha 12 de diciembre de 2023, así como su aclaratoria pronunciada el 05 de febrero de 2024.
TERCERO: Se otorga plena eficacia jurídica y probatoria al acuerdo de concesión otorgado a la Empresa AUTOSOLUCIONES RORAIMA C.A. producto de la relación comercial con el concesionario INVERSIONES NGE C.A. según contrato de concesión, suscrito entre las partes, en forma privada, en fecha 28 d.....