DISPOSITIVA
Por razones anteriormente expuestas, este Tribunal Sexto de Control del Circuito Judicial penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley DECRETA: PRIMERO: La Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad de conformidad con el articuló 256 ordinal 1ero del Código Orgánico Procesal Penal, la cual consiste en Arresto Domiciliario, en contra del ciudadano RAFAEL J. BRITO, titular de la cédula de identidad Nº V-7.416.750. SEGUNDO: Se acordó dejar sin efecto orden de aprehensión librada contra el imputado RAFAEL J. BRITO. Notifíquese a la partes y líbrese las boletas correspondientes. Regístrese. Cúmplase