este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la ley, declara:
1. HOMOLOGADO la transacción realizado por el ciudadano IDELMARO AZUAJE, titular de la cedula de identidad Nro.12.766.189, debidamente asistido en este acto por el abogado HEIDY YINIRETH LOPEZ, e inscrito en el inpreabogado bajo el Nro.95.750, (parte querellante).
2. Por cuanto en la presente causa no existe nada que ejecutar, se ordena el cierre del expediente, y una vez transcurrido el lapso de un (01) año contado a partir de la presente fecha remitir a la Oficina de Archivo Judicial