En mérito a las razones que preceden, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, a tenor de lo dispuesto en el los artículos 250, 251 ordinales 2º, 3º, parágrafo primero y 252 del Código Orgánico Procesal, DECLARA PROCEDENTE la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra del ciudadano LUIS ALBERTO SILVA ARJONA, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO AGRAVADO EN LA EJECUCION DE UN ROBO, PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, HOMICIDIO FRUSTRADO contra el adolescente de 13 años de edad, y USO DE ADOLESCENTE PARA DELINQUIR, previstos y sancionados en el artículo 406 numeral 1, 458, numeral 3, 277, 405 en concordancia con el artículo 82 del Código Penal y 264 de la LOPNNA respectivamente, ordenándose la tramitación de la causa por las vías del procedimiento penal Ordinario.
Téngase.....