Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con el primer aparte del artículo 75 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículos 8, 26, 27, 30, 396,397 y 399 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Declara SIN LUGAR la Colocación Familiar planteada por la ciudadana MARIELA COROMOTO CASTELLANOS DURAN, ya identificada, en beneficio del niño Identidad omitidad de conformidad con el articulo 65 de la Ley Organiga para la Proteccion del niño, niña y adolescente y en contra de los ciudadanos DEISIMAR PASTORA YUSTIZ CASTELLANOS y JORGE LUIS RIOBUENO PEREZ, ya identificados. En consecuencia se mantienen todos los atributos de la responsabilidad de crianza y el poder de representación de los progenitores ya identificados.