Por las razones antes expuestas, este Tribunal Vigésimo Tercero de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos existente entre de los ciudadanos: : DANNY ABRAHAM BRAZON DE LA CRUZ y YARISMAR YORGELIS PINO PASTRANO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad números V-17.560.869 y V-22.354.216, respectivamente.; y en consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial contraídos por ellos en fecha 28 de agosto de 2009, por ante el Registrador Civil del Municipio Sucre, del Estado Bolivariano de Miranda, según consta de Acta de Matrimonio anotada bajo el número 75, asentada en el libro de matrimonios correspondiente al año 2009.