En mérito de lo anterior, este Tribunal Superior Decimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara, CONSUMADA LA PERENCIÓN Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en la demanda de Contenido Patrimonial interpuesta por los abogados JOSE GREGORIO PADRINO BARBERI e INGRID JOSEFINA PADRINO BARBERI, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 30513 y 77.328, respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la Sociedad Mercantil LUNCHERIA DELEITE EL SOL, C.A.- antes identificada, mediante la cual pretende se decalre con lugar la demanda de acción de Complimiento de Contrato de Concesión suscrito entre el INSTITUTO AEROPUERTO INTERNACIONAL DE MAIQUETIA y su representada en fecha 29 de agosto de 2012 para el uso exclusivo de un restaurante de comida formal, que feneció el 28 de agosto de 2014, el cual le otorgó el derecho de usar y explotar un local comercial ubicado.....