DISPOSITIVA
Con fundamento en lo antes expuesto, este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario, de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: SIN LUGAR la recusación propuesta por el Abogado Juan Rafael García Velásquez, inscritos en el Inpreabogado bajo el No. 90.847, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil BAR Y RESTAURANT LA GUACAMAYA, S.R.L., contra la Jueza Décima Tercera de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.