DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Apelación presentado por la Abogada Thania Estrada Barrios, Defensora Publica Primera Penal Ordinaria del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, actuando en el carácter de defensora de la ciudadana: YACLIN JARIMAR CAMPOS GALINDO, contra la decisión dictada por el Juez Primero de Control de este Circuito Judicial Penal, Extensión Puerto Cabello, en fecha 19 de abril de 2008, con ocasión de la celebración de la audiencia de presentación de imputado efectuada el 18 de abril de 2008, en consecuencia se CONFIRMA la decisión recurrida y se NIEGA la libertad solicitada por la defensa de autos. Todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 450 tercer aparte del Código Orgánico Procesal Penal. ASÍ SE DECIDE.- Regístrese, publíquese y remítase la causa en su oportunidad legal correspondiente.