Esta Corte dictó decisión mediante la cual declaró su 1.- COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación interpuesto. 2.- ANULA la sentencia apelada. 3.- INADMISIBLE la querella funcionarial con respecto al acto de retiro, por encontrarse tal reclamación judicial caduca con respecto a dicho acto administrativo. 4.- SIN LUGAR la querella funcionarial interpuesta por la ciudadana Gloria Elena Sánchez de Pérez contra la Gobernación del Estado Táchira. 01