DISPOSITIVA
Hechas las consideraciones anteriores y observándose que el sancionado de autos, para la fecha en que fue sancionado por el Juzgado Octavo de Control de esta Sección y Circuito, quedó formalmente impuesto de las medidas de Libertad Asistida, por el lapso de dos (02) años e Imposición de Reglas de Conducta, por un (01) año a cumplir de manera sucesiva, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Ejecución de la Sección Penal de Responsabilidad de Adolescente del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas; en uso de las Atribuciones legales que le confieren los artículos 617, 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, RESUELVE: PRIMERO: DECLARAR EN REBELDÍA, al joven (se omite identidad). SEGUNDO: Oficiar al Jefe de la División de Investigación y Protección en Materia del Niño, Adolescente, Mujer y Familia del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, para que funcionarios adscrito.....