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Decisiones del dia 10/06/2009 |
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N° Expediente :
KP02-S-2008-5419
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N° Sentencia :
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Fecha: 10/06/2009 |
Procedimiento: Titulo Supletorio |
Partes: MAYRA ALEJANDRA GALVIS OSORIO |
Resumen:
Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los testigos suficientemente identificados en autos, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos de la solicitante y procediendo de conformidad con el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor de la ciudadana MAYRA ALEJANDRA GALVIS OSORIO, sobre unas mejoras o bienhechurías ubicadas en: EL BARRIO SIMÓN BOLÍVAR, SECTOR LA UREÑA, VEREDA 4, CON CALLE 11, CASA Nº 72, PARROQUIA JUAN DE VILLEGAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA, con los siguientes linderos: NORTE: Terreno ocupado por Lisbeth Catarí; SUR: Vereda 4, que es su frente; ESTE: Terreno ocupado por Maria Galvis; y OESTE: Terreno ocupado por Jhoana Morles. Dejando a salvo los derechos de terceras personas. Devuélvanse originales con sus resultas.
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Juez/Ponente:
Harold Rafael Paredes Bracamonte
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Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
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