este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: REVISA y SUSTITUYE al joven adulto XXXXXXXXXXXXXXX, sancionado por la comisión del delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de la Colectividad; la sanción de privación de libertad por las medidas libertad asistida y reglas de conducta contenidas en los artículos 626 y 624 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, para lo cual, respecto de la primera, deberá recibir orientaciones por ante la psicólogo adscrita al Servicio Autónomo de Protección Integral al Niño, Niña y Adolescente del Estado Sucre, de manera mensual, a través del programa Libertad Asistida, mientras que en lo concerniente a la segunda, deberá mantenerse inserto en cualquier sistema.....