Se dictó Sentencia Interlocutoria N° 041/2017 mediante la cual el Tribunal revoca por contrario imperio el auto de admisión de fecha 24 de mayo del 2017. dejan sin efecto las boleta de notificación libradas en fechas 17/05/2017 y 24/05/2017 ordenadas en la mencionada decisión y ordena la notificación de las partes, de acuerdo a lo previsto en el Parágrafo Único del Artículo 274 del Código Orgánico Tributario, a los fines de la admisión o no, y posterior sustanciación del recurso dentro de los Cinco (05) días de despacho siguientes a la consignación de la última de las boletas de notificación respectiva, de conformidad con lo establecido en los Artículos 271 y siguientes, del Código Orgánico Tributario.