Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho expuestos, la Juez Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: Se declara IMPROCEDENTE la impugnación del poder otorga la LORENA RIVAS, interpuesta por la representación de la parte recurrente.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, dado a la naturaleza del presente fallo.