-III-
DECISIÓN
Atendiendo a todo lo expuesto, este Tribunal Vigésimo Tercero de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A formulada por los ciudadanos LIZANDRO TORRES y DIAGNORA JOSEFINA DUERTO RONDON, el primero de nacionalidad dominicana y la segunda venezolana, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números E-81.785.536 y V-10.303.624, respectivamente, en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído en fecha 31 de agosto de 1991, expedida por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia José Tadeo Monagas, El Furrial, Municipio Maturín, del Estado Monagas, según consta de Acta de Matrimonio anotada bajo el Nro. Nº 18, del libro de matrimonios correspondiente al año 1991, del Libro de Registros Civil de Matrimonio.....