Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Resuelve: Homologar el Desistimiento del procedimiento y de la acción en el juicio que por NULIDAD DE VENTA intentada por el ciudadano NORMAN OSCAR CEPEDA POLANCO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-9.195.944, contra los ciudadanos THATIANA CRIS QUINTERO CEPEDA, MANUEL QUINTERO BUSTOS, MIRTHA JOSEFINA MUJICA, venezolanos, mayores de edad, titulare de la cédulas de identidad N° V-12.621.449, V-3.369.209 y V-7.373.930 respectivamente, por los fundamentos antes señalados.-
No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la decisión.-