En virtud de las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de La Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: Desistido el recurso de apelación ejercido por la parte actora contra la decisión dictada por el Juzgado Décimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 04 de julio de 2007. Segundo: Se confirma la decisión recurrida que declaró la inepta acumulación y en consecuencia, inadmisible la demanda incoada por los ciudadanos RIOS DE RAMOS FRANCIA MORAIMA, CAMARGO LUIS ALBERTO, MEDINA MARCOS, MARCANO LERIS, SANTOS OSECHAS JAVIER, SUAREZ ADELSY, VARELA JOHNNY, CRESPO GONZALEZ DIANA, contra el INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI). Tercero: Se exonera de costas.....