Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por el abogado ROBERTO ALÍ COLMENARES, antes identificado, actuando con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil FARMACIA LOVALLE, C.A., también identificada, contra el Acto Administrativo en la Providencia Administrativa N° 0107-2008 de fecha 06 de marzo de 2008, emanada de la Inspectoría del Trabajo "Pedro Ortega Díaz" Sede Caracas Sur. En consecuencia, se declara NULA la Providencia Administrativa N° 0107-2008 de fecha 06 de marzo de 2008, emanada de la Inspectoría del Trabajo "Pedro Ortega Díaz" Sede Caracas Sur, mediante la cual se declara con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos incoada por el ciudadano Eduardo José Aponte Gamboa.