CUARTO:
Por las razones expuestas este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio le la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda:
PRIMERO: Le Impone de la Sanción de Reglas de Conducta, prevista en el Artículo: 624 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, al Adolescente: Identidad Omitida por razones de ley, Venezolano, natural de de Guanare Estado Portuguesa, de 16 años de edad, nacido en fecha 08-07-1993, soltero, titular de la cédula de identidad Nº 25.153.661, hijo de Fidel Herrera y Yerbi Rivero, domiciliado en el Barrio Las Américas, calle 08, cerca de la cancha deportiva, casa s/n, Guanare estado Portuguesa; consistente en: continuar los estudios por cuanto se encuentra próximo a ingresar a la escuela Técnica Oscar Villanueva; y la Sanción de Libertad Asistida prevista en el artículos 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, .....