Se declaró CON LUGAR, la oposición formulada por la representación judicial de la empresa SUIZOTEL, S.A., en el juicio ejecutivo ejercido por el INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES por el cobro de las obligaciones tributarias determinadas en la Decisión de Multa Nº OACH-D-DGF-2011-000081 emanada el 6 de julio de 2011, dictada por la Jefatura de la Oficina Administrativa Chacao del Instituto antes mencionado, por monto total de Bs. 250.150,00; y, por consiguiente, SIN LUGAR, dicha acción.
Esta decisión tiene apelación debido a la cuantía controvertida.
No hay condenatoria en costas procesales a la parte desfavorecida, al asistirle al Instituto Venezolano de los Seguros Sociales los privilegios de la República, eximida de éstas por criterio de la Sala Constitucional en sentencia de fecha 30 de septiembre de 2009, en el caso: Julián Isaías Rodríguez.