V
DISPOSITIVA
Por la motivación precedente, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, el recurso de apelación ejercido contra el auto de fecha diecisiete (17) de noviembre de dos mil quince (2015), dictado por el Juzgado Décimo Sexto de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: Se ordena suspender el desalojo del inmueble hasta que la parte gananciosa del juicio que nos ocupa, realice las diligencias ante el SUNAVI, tendientes a conseguir refugio o solución habitacional o se determine que el arrendatario tiene un lugar donde habitar, ello conforme al particular 2.2 del dispositivo de la sentencia número 1171, de fecha diecisiete (17) de agosto de dos mil quince (2015), e.....