En fecha 10 de agosto de 2017, este Juzgado de Sustanciación dictó decisión mediante la cual ADMITIÓ la demanda de nulidad ejercida conjuntamente con amparo cautelar subsidiariamente con medida cautelar de suspensión de efectos por la empresa CONSORCIO BOYACÁ-LA GUAIRA, contra el silencio administrativo derivado del recurso de reconsideración ejercido en fecha 20 de febrero de 2014, contra la negativa de las solicitudes de Autorización de Liquidación de Divisas (ALD) números 1545776, 15457978 y 15458030, por parte del CENTRO NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR (CENCOEX), ORDENÓ la notificación de la parte demandante y al FISCAL GENERAL DE LA REPÚBLICA, al CENTRO NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR (CENCOEX) y a la PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, INSTÓ a la parte demandante consigne los fotostatos requeridos, ORDENÓ solicitar el expediente administrativo a la parte demandada, ACORDÓ abrir cuaderno separado y ORDENÓ remitir el presente expediente.