Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, actuando con la competencia constitucional que le es atribuida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1. PRIMERO: SU COMPETENCIA para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano Daniel Izarra Mujica, titular de la cedula de identidad N° V- 11.151.802, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 73.462, en su carácter de apoderado y representante legal de la sociedad Mercantil FA PACK, C.A, debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha veinte (20) de junio del año dos mil seis (2006), bajo el N° 54, tomo 52-A, domiciliada en la Avenida Principal, callejón la esperanza, galpón "B" Urbanización Guayabal, del Municipio Naguanagua del Estado Carabobo, contra la Superintendencia Nacional de los.....