Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso procesal de apelación interpuesto por la parte demandante, ciudadanos RAMONA GUILLERMINA MORALES CORDERO Y NELSÓN GUILLERMO MENDOZA; SEGUNDO: SE MODIFICA la sentencia dictada en fecha 23 de abril de 2018 por el Juzgado Tercero De Primera Instancia En Lo Civil, Mercantil Y Bancario De La Circunscripción Judicial Del Estado Carabobo; TERCERO: IMPROPONIBLE la pretensión de nulidad de sentencia interpuesta por los ciudadanos RAMONA GUILLERMINA MORALES CORDERO Y NELSÓN GUILLERMO MENDOZA en contra del ciudadano
CHERRY FRANCISCO RÁNGEL RAMÍREZ.
No hay condenatoria en costas procesales dada la naturaleza de la presente decisión.