Ahora bien, escuchado expresado por las partes intervinientes en los párrafos anteriores observándose que la mediación entre ellas ha sido positiva, este Tribunal da por concluido esta demanda por COBRO DE INDEMNIZACIÓN POR ENFERMEDAD OCUPACIONAL; PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES incoado por la ciudadana DILCIA PASTORA HERNÁNDEZ LOBO, titular de la Cédula de Identidad V-7.376.498 contra la entidad de trabajo OSTER DE VENEZUELA, S.A., en la persona del ciudadano JOSÉ SALDIVIA, en su carácter de Gerente de Recursos Humanos de la prenombrada empresa, en fecha treinta (30) de julio de dos mil diecisiete (2017); y una vez visto que la mediación sostenida por las partes no es contraria a Derecho, el Orden Público, las Buenas Costumbres y el Correcto Orden de las Familias, ni vulnera los derechos irrenunciables de la parte demandante tal como se encuentra previsto los artículos 19 y 23 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, en nombre de la Repúb.....